Delincuencia Juvenil

Mayo 11 de 1998,

DELINCUENCIA JUVENIL O GOBIERNO DESENTENDIDO.

Por Carlos Zaldívar

Con relación a los artículos publicados sobre la Violencia Intrafamiliar (Excélsior, Marzo 6 y 7 de 1998, Héctor Alfonso Holguín), la reciente propuesta sobre la implantación de un "Código para el Menor" (ante la Comisión de Población y Desarrollo de la LVII Legislatura en la Cámara de Diputados), y las cifras alarmantes sobre los "niños de la calle" (Reforma, Mayo 1º de 1998); me permito exponer los siguientes criterios:

Como primer punto es necesario observar la diferencia entre los actos fuera de la ley que cometen los adultos y los que cometen los infantes; los de aquellos se llaman "delitos" y los de los menores son conocidos como "infracciones".

Últimamente hemos escuchado por los medios de comunicación la iniciativa de cambiar la "edad penal" en los infantes, que actualmente es a los 18 años, a los 16. Además cabe recalcar que en los diferentes estados de la República Mexicana existen leyes federales y estatales, las cuales tienen diferencias, y una de éstas es precisamente la mayoría de edad para cuestiones jurídicas, así como también en las penas para algunos delitos.

Se debe establecer un "Código para el Menor", donde se especifiquen las diferentes infracciones cometidas por los menores, que ameriten la intervención de autoridades; además de otros criterios de carácter jurídico para aquellos.

El segundo punto es analizar el origen preciso de las "infracciones" que cometen los menores; del "modus vivendi" que los rodea y que conlleva a una desadaptación social o se va adquiriendo empíricamente en su crecimiento. Sea cual fuere el origen, la solución parece ser acertada: Los Valores y La Educación.

El artículo 3 de la Constitución Política de nuestro país exige al Estado, otorgar Educación y que ésta debe ser Gratuita (fracción IV), Laica y Obligatoria (primaria y secundaria).

Ahora cuestionémonos: ¿Es realmente gratuita dicha Educación?, Además ¿Quién puede obligarnos a tener Educación?, Y ¿Qué consecuencias jurídicas obtendríamos al dejar a un lado la Educación?

El "Código para el Menor" debe contemplar también criterios y formas para reducir al cero por ciento el analfabetismo, subsidiar al cien por ciento una educación digna de todo ciudadano.

Dicho "Código para el Menor" debe estipularse en el artículo 73 de nuestra máxima ley (sobre las facultades que posee el Congreso de la Unión), para poder establecer las igualdades y diferencias entre "delitos" e "infracciones" con sus respectivas penas.

Y por último, ¿Qué gobierno puede tener la ocurrencia de bajar la edad penal? Con esto, aquél solo da muestra de no querer enfrentar la problemática que padecemos hoy día. Con reducir dicha edad, solo se encerrarían a más personas, lo cual soluciona absolutamente nada; además la problemática aumentaría, ya que al ingresar un menor al Consejo Tutelar para Menores; solo se fabricarían más delincuentes que en un futuro serán adultos y cometerían "delitos" y no "infracciones".

La Cámara de Diputados debe tomar decisiones HOY, debe dar soluciones concretas; porque los que estamos al servicio de la docencia YA lo estamos haciendo.

Educar mejor, para vivir mejor.

Y la última pregunta es: ¿Contamos con Delincuencia Juvenil? O simplemente es el resultado de un gobierno desentendido.

No comments: